La herramienta que permite controlar la facturación en tiempo real será obligatoria para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades a partir del 1 de enero de 2027. Y desde el 1 de julio de 2027 para autónomos y pequeñas empresas.
Por Ilier Navarro, directora de Comunicación CGCAFE
Habrá más tiempo para adaptarse a Verifactu. El Consejo de Ministros del 2 de diciembre aprobó finalmente un Real Decreto-ley para retrasar durante un año la entrada en vigor de este sistema. Según informaba el Ministerio de Hacienda en un comunicado, esta ampliación del plazo responde a «la necesaria adecuación de los sistemas informáticos de facturación como para garantizar una implantación ordenada y homogénea en el conjunto del tejido empresarial». De esta manera, señala, a los contribuyentes afectados “se les da mayor margen y plazo para adaptarse al nuevo sistema».
Verifactu es una herramienta diseñada para controlar la facturación en tiempo real y combatir el fraude fiscal en España. El nuevo calendario establece que las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades deberán adaptarse a partir del 1 de enero de 2027, mientras que los autónomos y pequeñas empresas tendrán hasta el 1 de julio de 2027 para cumplir con este nuevo requisito.
Con su implantación, se busca garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación por medio de la generación de un registro seguro para cada factura, que incluirá una firma digital y un código QR. El objetivo es prevenir el fraude fiscal y promover una economía más justa y transparente.
El aplazamiento de Verifactu ofrece un respiro para las empresas y autónomos, que contarán con algo más de margen para adaptarse y con más tiempo para revisar sus procesos de facturación y actualizarlos, reduciendo de esta manera el estrés organizativo por cumplir con un plazo ajustado. Con un año más, las administraciones de fincas podrán planificar mejor su implantación y reducir los posibles errores.
Software de facturación
Verifactu afecta a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, tanto si están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como si lo están al Impuesto sobre Sociedades (IS). También los no residentes que tienen un establecimiento permanente en España y están sujetos al Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), siempre que el establecimiento emita facturas. Sin embargo, no se aplica en los territorios forales ni en las empresas que ya estén acogidas al Suministro Inmediato de Información del IVA (SII), quienes facturen exclusivamente de manera manual y los regímenes especiales de autónomos (módulos o recargo de equivalencia).
Con todo, la obligación de utilizar software de facturación certificado y seguro sigue siendo una prioridad. Estas herramientas deben cumplir con los requisitos técnicos y legales que ha establecido la Agencia Tributaria (AEAT), entre los que destacan:
- Registro: el software debe generar un registro seguro para cada nueva factura, que incluya una firma digital y un código QR. También en caso de anulación o rectificación.
- Conservación: las empresas y autónomos deben conservar los registros de facturación durante al menos cuatro años. Verifactu establece garantías de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
- Acceso: el software debe permitir el envío automático de los registros a la AEAT y facilitar el acceso para realizar inspecciones y verificaciones.
Las empresas que no cumplan con los requisitos pueden enfrentar sanciones económicas que pueden llegar a los 50.000 euros por ejercicio fiscal. Por ello, quienes utilicen aplicaciones informáticas de facturación deben aprovechar este tiempo adicional para asegurarse de que el software cumple con los requisitos, y revisen sus procesos.
Esta es la segunda vez que se retrasa Verifactu, que en principio iba a entrar en vigor en julio de 2025. Habrá que prestar especial atención a 2027 porque la aplicación de este sistema también coincidirá la obligación para pymes y autónomos de emitir todas sus facturas en digital.

